Gerencia del Consorcio de Residuos · Memorias NILSA

Memorias Nilsa 2012
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Gerencia del Consorcio de Residuos

Dentro de los Estatutos del Consorcio de Residuos de Navarra, observamos que el artículo 14 define los órganos de gestión (Gerencia, Secretaria e Intervención) y, específicamente, los artículos 15 y 16 desarrollan la función de Gerencia (que ocupa NILSA) y sus competencias:

La Gerencia es una función que podrá ejercerse por un órgano instrumental propio de alguna de las entidades consorciadas, al que corresponde la dirección de los Servicios del Consorcio, bajo la superior autoridad del Consejo de Dirección y del Presidente.

La Gerencia asumirá las siguientes funciones:

a) La dirección ordinaria de los Servicios del Consorcio.

b) Proponer al Consejo de Dirección y al Presidente cuantas medidas considere convenientes en orden al funcionamiento del Consorcio y al adecuado cumplimiento de sus fines.

c) Ejecutar los acuerdos y resoluciones de los distintos órganos del Consorcio.

d) Elaborar el anteproyecto de Presupuestos.

e) Ordenar los pagos y rendir cuentas sobre el grado de ejecución de los Presupuestos.

f) Preparar todos los asuntos y documentos que hayan de ser sometidos a estudio, conocimiento, despacho y aprobación de los órganos del Consorcio.

g) Asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones del Consejo de Dirección.

h) Elevar al Consejo de Dirección, al término de cada ejercicio, la Memoria comprensiva de la gestión del Consorcio.

i) Aquellas otras que expresamente se le encomienden.

Mediante Acuerdo del Consejo de Dirección, en sesión celebrada el 4 de diciembre de 2007, se designó a NILSA como Gerencia del Consorcio en su calidad de órgano instrumental propio del Departamento de Administración Local y porque así lo permitían los propios Estatutos de la Sociedad Pública.

Adicionalmente, la sede social del Consorcio coincide con la sede social de NILSA.

La adopción de decisiones en el seno del Consorcio se estructura, en la práctica, en dos planos diferenciados, por una parte, existe un Comité de Dirección, de carácter político en el que están representadas, paritariamente, el Gobierno de Navarra y las mancomunidades asociadas.

Por otra, se ha creado un Comité técnico cuyo objeto es elaborar y proponer propuestas de actuación al Comité de Dirección. Así, el Consorcio, mediante acuerdo de su Comité de Dirección, aprueba un Programa anual de actuaciones y financiación, materializado en un Presupuesto y NILSA elabora un Informe de gestión anual que también es tomado en consideración por el Comité de Dirección, así como el expediente de Cuentas anuales (liquidación del Presupuesto), como cualquier otra entidad pública.

La elaboración del contenido del Plan anual, del Presupuesto, del Informe de gestión y de las Cuentas es llevada a efecto por NILSA, así como el control de la gestión del propio Consorcio.